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    Fue publicado el decreto con los “lineamientos para la modernización de la flota pesqueraâ€

    PescarePor Pescare26 de febrero de 20193 Minutos
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    Tal el título que lleva la norma firmada por el presidente Macri. Un repaso por los ejes de la iniciativa.
    Presentación en Casa de Gobierno.
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    El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que presentó ayer el presidente, Mauricio Macri, ante empresarios y sindicalistas del sector fue publicado este martes en el Boletín Oficial con la firma del titular del Ejecutivo.

    “Lineamientos para la modernización de la flota pesquera†lleva por título la normativa, que entre sus considerandos destaca el valor de la actividad pesquera y a la industria naval como parte de su cadena de valor.

    “La actividad pesquera representa una oportunidad de desarrollo para el país, dada la situación actual de disponibilidad del recurso y de posibilidades de colocarlo en los mercados internacionalesâ€, apunta el texto.

    En el mismo sentido reconoce las capacidades de los astilleros y talleres locales para la construcción y reparación de buques pesqueros de calidad, las cuales pueden ser potenciadas a partir de la medida en curso. Los resultados, claro, se verán con el tiempo.

    El decreto tiene los siguientes aspectos relevantes:

    • Con excepción de los artesanales, establece una antigüedad inferior a 40 años para que los buques puedan ser despachados a la pesca; aunque el límite regirá a partir de 2040, un plazo que desde el Gobierno consideran razonable teniendo en cuenta el universo de flota abarcado.
    • Al mismo tiempo, contempla mayor flexibilidad en los plazos cuando el armador pueda acreditar la reconstrucción de más del 60 por ciento de la embarcación en territorio nacional. En ese caso, permite estirar la vida útil otros 20 años. Lo mismo sucederá cuando se trate de un buque potero incorporado a la matrícula nacional.
    • Plantea que el permiso de pesca, y/o la autorización de captura y/o la cuota individual de captura puede operar como garantía en el proceso de construcción, reconstrucción, reacondicionamiento o adquisición de un barco.
    • Fija que los buques de hasta 27 metros de eslora a construirse, podrán recibir hasta un 10 por ciento de adicional de especies excedentarias, con excepción de langostino.
    • Establece que el buque potero podrá ser reemplazados por otra unidad de igual o mayor capacidad de pesca de hasta 1300 m³ de bodega total y menor a 20 años de antigüedad desde su construcción.

    Importaciones, el capítulo que resta

    Ahora, resta que el Gobierno defina su posición en torno a las importaciones, que es otra de las variables en juego en el proceso para renovar la flota, de la cual el 50 por ciento supera la antigüedad que ordenan los estándares internacionales.

    La decisión implica fijar condiciones de acceso al país de buques nuevos y usados, posibilidad esta última que encuentra resistencia entre los astilleros. El tema fue largamente debatido en las reuniones que precedieron a este DNU; sin embargo, no pudo alcanzarse el consenso necesario.

    Una de las fuentes consultadas por Pescare.com.ar expuso que quizá se genere alguna ronda más de negociaciones entre las partes interesadas. La otra posibilidad es que directamente lo defina la Secretaría de Industria.

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